18 de Abril de 2024

Debe aplicarse la Ley: Eduardo Sánchez Macías

 

También, cuando no sea factible técnica o financieramente dotarlo de la infraestructura y servicios públicos necesarios, si se ubica en zonas con características fisiográficas no aptas para su desarrollo, si se asienta en zonas con relevancia ecológica, arqueológica, artística o histórica, cuando se propicie la especulación en perjuicio del desarrollo urbano armónico y si el predio afectado registra un bajo índice de ocupación, conforme a las disposiciones normativas y reglamentarias.

 

A pesar de que la misma Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda, en su Título Cuarto, Capítulo Octavo, estipula las penalizaciones para quienes permitan construir en esas zonas, estas irregularidades siguen dándose, añadió el Diputado.

No obstante, Sánchez Macías reconoció el trabajo que en materia de Protección Civil se ha realizado en la entidad, que ha permitido a Veracruz innovar en el nivel nacional, y puso como ejemplo los Atlas de Riesgos, que permiten prever perturbaciones climáticas, los lugares de atención prioritaria y las estrategias y métodos a seguir.

 

Además, el Estado cuenta con una reglamentación vanguardista y “es ejemplo en cuanto al manejo, protección, prevención y reducción de riesgos”.